sexta-feira, 23 de outubro de 2015

LA CONSTITUCIÓN 1978

Todo empezó en 1978

Los españoles acudieron masivamente a las urnas

Allí decidieron...

Que se aprobara el texto de la ley más importante de España

España es un país formado por muchos pueblos y gentes que en 1.978 se pusieron de acuerdo para redactar un documento que recogiese las normas fundamentales sobre como comportarnos entre nosotros y con los demás países. Este documento, al que llamamos CONSTITUCIÓN, es tan importante que cada 6 de diciembre celebramos su cumpleaños. 

 LA CONSTITUCIÓN

 

ESPAÑOLA


  

Artículo 1

1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.




2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Los reyes de España tienen su residencia en el Palacio de la Zarzuela.


Fuente: http://www.hola.com/casasreales/2003/09/25/zarzuela/
El gobierno se compone del presidente, los vicepresidentes y los ministros.
Las cortes generales representan al pueblo y están formadas por el congreso de los diputados y el senado.

Fuente:http://www.que.es/ultimas-noticias/espana/fotos/fachada-edificio-congreso-diputados-madrid-f565093.html


Fuente:http://www.cubadebate.cu/noticias/2011/12/04/senado-espanol-se-gasta-417000-euros-en-un-cuadro-que-retrata-a-34-politicos/#.VibicdKrTcs


Artículo 2
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Artículo 3 

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. 


Se utiliza en todo el territorio. Se llama también castellano porque al principio era el idioma de Castilla.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus estatutos. 


La Constitución española de diciembre de 1978 reconoció tres idiomas regionales: el catalán, el euskera y el gallego. Son los idiomas oficiales de Cataluña y Baleares, del País Vasco y de Galicia. Estas autonomías tienen entonces dos idiomas oficiales. (El valenciano es idioma oficial de la Comunidad Valenciana desde 1982).

También existen otros idiomas y dialectos que no son oficiales en España. Uno de ellos no tiene territorio; es el caló el idioma de los gitanos.



                                               Castellano (o Español)


      
                                                


Viene del latín: es una lengua “romance”. Está regulada por la Real Academia de la Lengua Española, que hasta 1925 usó el término “castellano” y a partir de ese año comenzó a utilizar el nombre de "español", que era más conocido en todo el mundo.
También se habla en Guinea Ecuatorial, en América Central y del Sur (excepto en Haití, Brasil, Surinam y las Guayanas) y en parte de Filipinas y del Sáhara Occidental. Es la tercera lengua más hablada del mundo, después del chino y el inglés. Es la lengua romance más hablada del mundo.
EL HIMNO es instrumental y no tiene letra. Se interpreta en todos los actos oficiales en que intervienen los reyes y en la mayoría de los actos solemnes del Estado español. 

                                       




                                                              Euskera


                                                           
                                           

En el caso del País Vasco, el Estatuto de Autonomía establece que el euskera tendrá, como el castellano, carácter de lengua oficial de Euskadi. Todos sus habitantes tienen el derecho a conocer y a usar ambas lenguas.
Por ello es necesario que se garantice el derecho de todas las personas a poder expresarse, informarse, educarse, en otras palabras, a vivir en su idioma materno, sea éste el castellano o el euskera.


                                                            Catalán


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El catalán es la lengua de uso normal y preferente de las administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña así como la lengua normalmente empleada en la enseñanza. El Estatuto de Autonomía reconoce la condición de oficial a la lengua catalana, así como al castellano.
Todas las personas de Cataluña tienen el derecho y el deber de conocer ambas lenguas oficiales y los poderes públicos han de establecer las medidas necesarias para facilitar el ejercicio de estos derechos y el cumplimiento de este deber.


                                                               Gallego
    
                                                           


El gallego está reconocido en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de Galicia como idioma propio de la comunidad gallega, compartiendo oficialidad con el castellano. Nació estrechamente ligado al portugués, con el que formó unidad lingüística durante la Edad Media. Se hablan 4 variantes distintas del idioma: atlántica, meridional, oriental y central.


                                                             Valenciano


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La Generalitat Valenciana tiene la competencia exclusiva en materia de cultura y competencia plena en materia de enseñanza. Por ello, las vías que más se han impulsado, han sido la del uso del valenciano en la Administración y la promoción en la enseñanza en todos los niveles.


3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.  

LAS LENGUAS DE ESPAÑA EN LA ACTUALIDAD•   Lenguas oficiales y cooficiales:      Castellano o español (lengua románica)   ...



Artículo 4

1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

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2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.
Banderas de las comunidades autónomas de España frente al Senado, Madrid.


Artículo 5
La capital del Estado es la villa de Madrid.




Artículo 6
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
http://partidospoliticosdespain.blogspot.com.br/p/blog-page.html


Partido Popular:Centroderecha y Derecha.     "Trabajar,hacer,crecer"
PsoeCentroizquierda.        "Gobernar para la mayoria"
 PodemosIzquierda.     "Es ahora, podemos"
CiudadanosCentro.   "Este 24 mayo España se teñirá de naranja"          
 Izquierda UnidaIzquierda.     "Es tiempo de Izquierdas"





                                       COMPARACION DE POLITICAS


Partido Popular: Conservadurismo Social,Liberalismo Economico,Autonomismo, Mayor Flexibilidad Laboral, Mayor control de la inmigracion, Aborto libre no, Matrimonio Homosexual no, Prision perpetua revisable, Ley electoral no mas proporcional.



Psoe: Progresismo, Socialdemocracia, Federalismo, No mayor flexibilidad laboral, mayor control de la inmigracion, Aborto libre si, Matrimonio Homosexual si, Prision perpetua no, Ley electoral no mas proporcional.



Podemos:Socialismo Democratico,Federalismo,Republicanismo, No mayor flexibilidad laboral, no mayor control de la inmigracion, Aborto libre si, Matrimonio Homoxesual si, Sin opinion de Prision Perpetua, Ley electoral mas proporcional.



Ciudadanos:Socioliberalismo,Autonomismo,Postnacionalismo. No mayor flexibilidad laboral,mayor control de la inmigracion, Aborto libre si, Matrimonio Homoxesual si, Prision Perpetua no, Ley electoral mas proporcional.



Izquierda Unida:Progresismo,Socialismo Democratico,Federalismo,Republicanismo, No mayor flexibilidad laboral, no mayor control de la inmigracion, Aborto libre si, Matrimonio Homoxesual si, Prision Perpetua no, Ley electoral mas proporcional.

Artículo 7
http://cienagalaboral.blogspot.com.br/


Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Los derechos incluidos en esta categoría se caracterizan por proteger, fundamentalmente, el valor de la igualdad de oportunidades en acceder a:
http://leadiazprofesor.blogspot.com.br/p/derechos-humanos.html

                                                        Artículo 8

1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.


2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.
http://politica.elpais.com/politica/2015/06/06/actualidad/1433615789_373467.html





                                                     Artículo 9

http://unaeducacionparatodoss.blogspot.com.br/2014/04/leyes-en-espana-jerarquia-estructura-y.html
                       

 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

                               


3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

                                      



                                         De los derechos y deberes fundamentales 


                                                                            Artículo 10 

                                                                 Derechos de la persona 

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. 

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

La campaña plantea que las personas con un problema de salud mental son “tan raras o normales” como cualquier otra, poniendo el énfasis en que debemos acabar con “las etiquetas que nos separan”. “Lo mejor de mí es aquello que me hace diferente”, es una de las conclusiones que se incluyen en el manifiesto. https://consaludmental.org/sala-prensa/las-personas-con-trastorno-mental-no-se-conforman-con-ser-normales-20517/


En los últimos años son muchos los avances en igualdad que se han conseguido, los cambios normativos en la denominación registral para personas Transexuales, inclusión de artículos en algunos estatutos de autonomía en torno a la no discriminación por orientación sexual e identidad de género, y otros, entre los que destaca el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo: un instrumento que ha otorgado dignidad, seguridad, protección y autoconfianza a miles de personas y a sus familias.

http://csg-alandalus.blogspot.com.br/2013/05/el-consejo-de-la-juventud-de-espana.html



El artículo 3 de loas derechos humanos

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.



Para la Libertad. Serrat. Miguel Hernández
Para la libertad sangro, lucho, pervivo.
Para la libertad, mis ojos y mis manos,
como un árbol carnal, generoso y cautivo,
doy a los cirujanos.
Para la libertad siento más corazones
que arenas en mi pecho: dan espumas mis venas,
y entro en los hospitales, y entro en los algodones
como en las azucenas.
Para la libertad me desprendo a balazos
de los que han revolcado su estatua por el lodo.
Y me desprendo a golpes de mis pies, de mis brazos,
de mi casa, de todo.
Porque donde unas cuencas vacías amanezcan,
ella pondrá dos piedras de futura mirada
y hará que nuevos brazos y nuevas piernas crezcan
en la carne talada.
Retoñarán aladas de savia sin otoño
reliquias de mi cuerpo que pierdo en cada herida.
Porque soy como el árbol talado, que retoño:
aún tengo la vida,  aún tengo la vida.

Derechos Humanos son los derechos que protegen a quienes son agredidos por los Poderes o instituciones del Estado.

Es decir que los titulares de los Derechos Humanos son los civiles o particulares, el pueblo o la gente común que integra la sociedad civil. 
http://leadiazprofesor.blogspot.com.br/p/derechos-humanos.html

En principio, el Estado debe defendernos a todos, pero como a veces, en vez de defender al ciudadano, sus instituciones (jueces, funcionarios, policías y demás fuerzas armadas) incurren en abusos o excesos de poder, son las agrupaciones  o asociaciones civiles las que se ocupan de denunciar y juzgar a aquellos que actúan fuera de la ley  y en contra de los intereses de civiles o particulares.



En efecto, cuando los ciudadanos o habitantes son agredidos por aquellos miembros del Estado que actúan inconvenientemente, exageradamente, desbocadamente o ultrajantemente, en tanto matan, vejan, torturan, desaparecen o atropellan a los individuos o grupos sociales, intervienen las instituciones civiles, que son las encargadas de defender los Derechos Humanos.